¿Qué debe incluir una política de uso de inteligencia artificial?

Por Sebastián Ignacio García Cáceres · RUT 18.128.930-9 · Perito judicial informático inscrito, ficha 359345

Una política de IA debe indicar su propósito y alcance, las herramientas aprobadas, la información que no se puede ingresar, los usos permitidos y prohibidos, cuándo revisar y cuándo informar el uso de IA, quién aprueba nuevos usos, cómo se reportan incidentes, la capacitación requerida y las consecuencias de incumplirla. Debe aprobarla la dirección y revisarse periódicamente.

En concreto:

  • Política de IA: Elemento central del sistema de gestión (ISO/IEC 42001).
  • Gobernar: Políticas, procesos y procedimientos (NIST AI RMF, función Gobernar).
  • Reglamento interno: Obligaciones y prohibiciones del personal (Código del Trabajo, artículo 154).
  • Transparencia: Informar la interacción con IA (Reglamento (UE) 2024/1689, artículo 50).

Acompañe la política con ejemplos concretos: es lo que el equipo recuerda.

Fuente: norma ISO/IEC 42001:2023 (ISO); Marco de gestión de riesgos de IA del NIST (AI RMF 1.0) (NIST); Código del Trabajo (Biblioteca del Congreso Nacional); Reglamento (UE) 2024/1689 de inteligencia artificial (EUR-Lex). Consultadas el 3 de octubre de 2026.

Contenido informativo. No constituye asesoría legal; para su caso, consulte con un abogado habilitado.

Sebastián Ignacio García Cáceres

Chile

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Sebastián Ignacio García Cáceres

Fundador de Grupo Valit

RUT 18.128.930-9 · Perito judicial informático inscrito, ficha 359345.

Perito en Inteligencia Artificial, Fraudes y Delitos Informáticos.

Ingeniero Civil en Informática en Universidad Técnica Federico Santa María.

Diplomado en Auditoría de la Ciberseguridad en Universidad de Santiago de Chile.

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