¿Qué establece la nueva ley de inteligencia artificial en Chile?

Por Sebastián Ignacio García Cáceres · RUT 18.128.930-9 · Perito judicial informático inscrito, ficha 359345

Todavía no hay una ley de IA vigente en Chile. Lo que existe es el proyecto de ley que regula los sistemas de IA, boletín 16.821-19, aprobado por la Cámara y en segundo trámite en el Senado. Ese texto clasifica los usos por riesgo, prohíbe los inaceptables, fija reglas para el alto riesgo y exige identificar el contenido sintético.

En concreto:

  • Categorías: Riesgo inaceptable, alto, limitado y sin riesgo evidente (proyecto de ley de IA, artículo 6).
  • Prohibiciones: Usos de riesgo inaceptable (proyecto de ley de IA, artículo 7).
  • Alto riesgo: Gestión de riesgos, registros y supervisión humana (proyecto de ley de IA, artículo 9).
  • Contenido sintético: Debe ser identificable como artificial (proyecto de ley de IA, artículo 5).

Este resumen corresponde al texto aprobado por la Cámara; el Senado puede modificarlo.

Fuente: proyecto de ley que regula los sistemas de IA, boletín 16.821-19 (Senado de Chile). Consultada el 3 de octubre de 2026.

Contenido informativo. No constituye asesoría legal; para su caso, consulte con un abogado habilitado.

Sebastián Ignacio García Cáceres

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Sebastián Ignacio García Cáceres

Fundador de Grupo Valit

RUT 18.128.930-9 · Perito judicial informático inscrito, ficha 359345.

Perito en Inteligencia Artificial, Fraudes y Delitos Informáticos.

Ingeniero Civil en Informática en Universidad Técnica Federico Santa María.

Diplomado en Auditoría de la Ciberseguridad en Universidad de Santiago de Chile.

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